3- EL CONGRESO PEDAGÓGICO NACIONAL DE 1984-1988
Una de las primeras iniciativas del gobierno constitucional fue convocar a un segundo Congreso Pedagógico Nacional. Este se diferenciaba del primero por su perfil de convocatoria que se extendía a toda la sociedad civil. Es decir, a los ciudadanos mayores de 15 años, a los partidos políticos y a las distintas organizaciones sociales. La convocatoria fue impulsada por la ley 23.114 del 23 de noviembre de 1984 y se llamó al debate y la participación a “todos los niveles de enseñanza, estudiantes, padres, cooperadoras escolares, gremialistas, docentes, estudiosos del quehacer educativo y al conjunto del pueblo a través de los partidos políticos y organizaciones sociales representativas.
Los objetivos del congreso eran:
a) crear un estado de opinión en torno de la importancia y trascendencia de la educación;
b) recoger y valorar las opiniones de las personas y sectores interesados en el ordenamiento educativo y su desenvolvimiento;
c) plantear, estudiar y dilucidar los diversos problemas, dificultades, limitaciones y defectos que enfrenta la educación;
d) divulgar la situación educativa y sus alternativas de solución, asegurando la difusión necesaria a fin de que el pueblo participe activamente en el hallazgo de las soluciones;
e) propiciar el asesoramiento que facilite la función del gobierno en sus esferas legislativas y ejecutivas; y
f) estrechar lazos de fraternidad entre educadores argentinos y de otros países latinoamericanos.
La ley preveía la creación de una Comisión Organizadora Nacional, integrada por miembros del poder Ejecutivo y del Poder Legislativo Nacional y representantes de los poderes Ejecutivos Provinciales. La Comisión Organizadora del Congreso debía dar las pautas, elaborar el temario y poner a disposición el material para lograr la más amplia participación posible en el Congreso Pedagógico Nacional. Se elaboraron tres tipos de documentos:
A) Materiales para la participación:
Ø ¿Qué es el congreso Pedagógico?
Ø La participación en el Congreso Pedagógico.
B) Materiales para la organización de las actividades:
Ø Pautas de organización del Congreso Pedagógico.
Ø Sugerencias para la organización de los trabajos.
Ø Propuestas para trabajar los temas del Congreso Pedagógico.
Ø Metodología para la redacción de los informes.
C) Material de información básica:
Ø Población y escolarización
Ø Rendimiento escolar
Ø Nivel educacional de la población y analfabetismo.
Ø Educación
Ø Educación y democracia
Ø Educación y justicia social.
Ø Educación y trabajo
Ø El sistema educativo argentino: gobierno y est4ructura académica
Ø El sistema argentino;: algunos problemas
Ø ¿Qué se enseña y Cómo se enseña?
La ley 23.114 preveía también la designación por el Poder Ejecutivo de una Comisión Honoraria de Asesoramiento. Comisión que se integraba con personas vinculadas al quehacer educativo que representara a distintos sectores. El presidente encargó a la comisión la elaboración de un informe donde constaran los consensos y disensos sobre los temas desarrollados. Dicho informe se presentó al doctor Raúl Alfonsín en diciembre de 1987 bajo el título “Informe sobre posibles reformas del Sistema Educativo”.
El funcionamiento del Congreso consistió en tres instancias territoriales: local, jurisdiccional y nacional. En cada una se organizaron Asambleas. La instancia local eran las asambleas de base. En la misma podían participar todos los ciudadanos mayores de 15 años que se inscribieran anticipadamente y de allí surgirían los delegados para las asambleas jurisdiccionales y de estas últimas a la Asamblea Pedagógica Nacional.
Esta última se reunió entre el 27 de febrero y el 16 de marzo de 1988 en el complejo de Embalse de Río Tercero, Córdoba. La presencia de delegados de todas las jurisdicciones en las comisiones de trabajo posibilitó el conocimiento y análisis de las realidades peculiares de cada una de ellas, el intercambio de experiencias y el esfuerzo conjunto por proponer soluciones que respetasen esta singularidad.
Cada Comisión Organizadora debía estar integrada por todos los representantes de instituciones e interesados por la educación y la política educativa. Es decir, por toda la sociedad civil dado que pretendía involucrar a toda la población independiente de su participación o no en partidos políticos.
Esta organización tipo piramidal parecía que garantizaría la amplia participación de toda la comunidad. La ciudadanía podía presentar trabajos y propuestas, sea en forma individual o a través de instituciones o asociaciones intermedias en las que participaba.
El Congreso Pedagógico funcionó de manera muy dispar en todo el país. Algunos rasgos característicos fue que la capacidad de convocatoria fue menor a la esperada. Esto posiblemente se explica en razón de que la convocatoria fue lanzada en un momento de movilización y se llevó a la práctica en otro de desmovilización, en el cual se dio el “desencantamiento progresivo de aquella efervescencia” inicial de los primeros momentos de la transición democrática. Esto evidencia que el problema es más profundo y está en las raíces mismas de una sociedad no participativa o, por lo menos, no acostumbrado a ejercer su derecho a participar.
Dos viejos debates se retomaron en el Congreso Pedagógico de 1988: la orientación filosófica que debe tener la enseñanza y el papel del Estado en la educación. En los informes jurisdiccionales la mayoría insistió en la orientación religiosa de la educación y el rol subsidiario del Estado.
Quienes participaron de la Sociedad Civil en la convocatoria fueron los que sabían que allí se jugaba un espacio de lucha por la orientación de la política educativa y en consecuencia una futura ley de educación. Pero los verdaderos actores educativos sin una trayectoria política no ocuparon ese espacio. Así, los sectores que representaban la enseñanza privada y las escuelas católicas organizaron una participación masiva y articulada a fin de lograr mayoría de votos en sus propuestas.
El resto de la ciudadanía y la comunidad educativa de las escuelas públicas que podía participar a través de las organizaciones de los colegios y asociaciones civiles estaban en su mayoría carentes de liderazgos organizativos con la experiencia necesaria y no consiguieron ampliar su convocatoria. En consecuencia, su voz fue débil.
4- CONCLUSIONES
Las conclusiones y recomendaciones elaboradas con respecto a este temario se expresan luego como parte del articulado de la Ley Federal de Educación sancionada en 1993. En la misma se establece un nuevo rol para el Estado y para la sociedad civil. El estado asume la responsabilidad principal e indelegable de la educación pública y reconoce como agentes a la familia –“agente natural y primero”- y a las confesiones religiosas y a las organizaciones sociales. Los resultados de los informes del Congreso Pedagógico fueron la plataforma y argumento de los intelectuales de los noventa para la reforma educativa que implicó un nuevo marco jurídico para un nuevo modelo educativo. Esto es:
1. Nueva normativa: Marco legal con control ideológico: Ley marco (1993) ). Ley Federal de Educación (24195 Reforma constitucional (1994)- Ley de Educación Superior (1995) que reestructura el sistema de acuerdo a un modelo neo-liberal o Estado Post-Social
2. Aumento de la escolaridad obligatoria (orientaciones mundiales).
3. Introducción de la Capacitación Laboral para dar salida a los jóvenes en el mercado de trabajo subordinado a los intereses empresariales (Polimodal), con un marco de flexibilización en el contrato laboral.
4. Tendencia a la privatización con un Estado Subsidiario.
5. Tendencia a la descentralización (Ley de Transferencias y Servicios de 1991).
6. Búsqueda de nuevas fuentes de financiamiento.
Es cierto que la puesta en práctica de la nueva normativa, mostró en muchos casos errores y deformaciones, entre los que el incumplimiento de las metas presupuestarias, es uno de los más salientes. La profunda crisis social y económica del país, junto con políticas fiscales equivocadas inhibió la inversión educativa pactada. La duplicación del presupuesto previsto por la misma Ley Federal hubiera permitido aumentar la capacidad de inclusión educativa y mejorar la calidad de su servicio. Es indudable que no se logró instalar un sistema integrado; la educación argentina aún no pudo superar su larga historia de fragmentación y desarticulación. Reconocer la existencia de esas equivocaciones no excluye recuperar los avances realizados: la ley 24195 tuvo el mérito de organizar el sistema nacional de educación estableciendo claramente los roles de la Nación, de las provincias y del Consejo Federal de Educación, las jurisdicciones crecieron en capacidad de decisión y autonomía superando un modelo organizativo centralizado, se fijaron diez años de enseñanza obligatoria respondiendo a una demanda generalizada, se intentó promover la unidad del sistema educativo a través de Contenidos Básicos Comunes para todas las jurisdicciones; la firma del Pacto Federal Educativo supuso un aumento en la inversión de recursos, accedieron a la educación cientos de miles de niños, jóvenes y adultos argentinos de los sectores económicamente más vulnerables.
La inclusión en el sistema educativo es un mandato central de la sociedad y un deber del Estado, aunque no deba quedar reducida a la matriculación ni a la retención. La Constitución Nacional otorga a los ciudadanos el derecho a la educación, derecho que no se reduce a la obtención de una vacante en una escuela. Sabemos que la escuela es un instrumento de inclusión social cuando además de garantizar el acceso a toda la población logra formar en los conocimientos y los valores que la sociedad de hoy y del futuro demandan: inclusión con aprendizaje, es la síntesis que se pretende.
BIBLIOGRAFIA
Racovschik, Gustavo (2006) “Pasado, presente y futuro de las reformas educativas en Argentina (1966-2006)” Monografías.com
Agenda Educativa Rio IV (Blog) “Alfonsín y la ecuación”
Concejo Federal de Educación “Educación en democracia” 2003.
Filmus, Daniel (1999) “Estado, Sociedad y Educación en Argentina” BsAs, Troquel.
Una de las primeras iniciativas del gobierno constitucional fue convocar a un segundo Congreso Pedagógico Nacional. Este se diferenciaba del primero por su perfil de convocatoria que se extendía a toda la sociedad civil. Es decir, a los ciudadanos mayores de 15 años, a los partidos políticos y a las distintas organizaciones sociales. La convocatoria fue impulsada por la ley 23.114 del 23 de noviembre de 1984 y se llamó al debate y la participación a “todos los niveles de enseñanza, estudiantes, padres, cooperadoras escolares, gremialistas, docentes, estudiosos del quehacer educativo y al conjunto del pueblo a través de los partidos políticos y organizaciones sociales representativas.
Los objetivos del congreso eran:
a) crear un estado de opinión en torno de la importancia y trascendencia de la educación;
b) recoger y valorar las opiniones de las personas y sectores interesados en el ordenamiento educativo y su desenvolvimiento;
c) plantear, estudiar y dilucidar los diversos problemas, dificultades, limitaciones y defectos que enfrenta la educación;
d) divulgar la situación educativa y sus alternativas de solución, asegurando la difusión necesaria a fin de que el pueblo participe activamente en el hallazgo de las soluciones;
e) propiciar el asesoramiento que facilite la función del gobierno en sus esferas legislativas y ejecutivas; y
f) estrechar lazos de fraternidad entre educadores argentinos y de otros países latinoamericanos.
La ley preveía la creación de una Comisión Organizadora Nacional, integrada por miembros del poder Ejecutivo y del Poder Legislativo Nacional y representantes de los poderes Ejecutivos Provinciales. La Comisión Organizadora del Congreso debía dar las pautas, elaborar el temario y poner a disposición el material para lograr la más amplia participación posible en el Congreso Pedagógico Nacional. Se elaboraron tres tipos de documentos:
A) Materiales para la participación:
Ø ¿Qué es el congreso Pedagógico?
Ø La participación en el Congreso Pedagógico.
B) Materiales para la organización de las actividades:
Ø Pautas de organización del Congreso Pedagógico.
Ø Sugerencias para la organización de los trabajos.
Ø Propuestas para trabajar los temas del Congreso Pedagógico.
Ø Metodología para la redacción de los informes.
C) Material de información básica:
Ø Población y escolarización
Ø Rendimiento escolar
Ø Nivel educacional de la población y analfabetismo.
Ø Educación
Ø Educación y democracia
Ø Educación y justicia social.
Ø Educación y trabajo
Ø El sistema educativo argentino: gobierno y est4ructura académica
Ø El sistema argentino;: algunos problemas
Ø ¿Qué se enseña y Cómo se enseña?
La ley 23.114 preveía también la designación por el Poder Ejecutivo de una Comisión Honoraria de Asesoramiento. Comisión que se integraba con personas vinculadas al quehacer educativo que representara a distintos sectores. El presidente encargó a la comisión la elaboración de un informe donde constaran los consensos y disensos sobre los temas desarrollados. Dicho informe se presentó al doctor Raúl Alfonsín en diciembre de 1987 bajo el título “Informe sobre posibles reformas del Sistema Educativo”.
El funcionamiento del Congreso consistió en tres instancias territoriales: local, jurisdiccional y nacional. En cada una se organizaron Asambleas. La instancia local eran las asambleas de base. En la misma podían participar todos los ciudadanos mayores de 15 años que se inscribieran anticipadamente y de allí surgirían los delegados para las asambleas jurisdiccionales y de estas últimas a la Asamblea Pedagógica Nacional.
Esta última se reunió entre el 27 de febrero y el 16 de marzo de 1988 en el complejo de Embalse de Río Tercero, Córdoba. La presencia de delegados de todas las jurisdicciones en las comisiones de trabajo posibilitó el conocimiento y análisis de las realidades peculiares de cada una de ellas, el intercambio de experiencias y el esfuerzo conjunto por proponer soluciones que respetasen esta singularidad.
Cada Comisión Organizadora debía estar integrada por todos los representantes de instituciones e interesados por la educación y la política educativa. Es decir, por toda la sociedad civil dado que pretendía involucrar a toda la población independiente de su participación o no en partidos políticos.
Esta organización tipo piramidal parecía que garantizaría la amplia participación de toda la comunidad. La ciudadanía podía presentar trabajos y propuestas, sea en forma individual o a través de instituciones o asociaciones intermedias en las que participaba.
El Congreso Pedagógico funcionó de manera muy dispar en todo el país. Algunos rasgos característicos fue que la capacidad de convocatoria fue menor a la esperada. Esto posiblemente se explica en razón de que la convocatoria fue lanzada en un momento de movilización y se llevó a la práctica en otro de desmovilización, en el cual se dio el “desencantamiento progresivo de aquella efervescencia” inicial de los primeros momentos de la transición democrática. Esto evidencia que el problema es más profundo y está en las raíces mismas de una sociedad no participativa o, por lo menos, no acostumbrado a ejercer su derecho a participar.
Dos viejos debates se retomaron en el Congreso Pedagógico de 1988: la orientación filosófica que debe tener la enseñanza y el papel del Estado en la educación. En los informes jurisdiccionales la mayoría insistió en la orientación religiosa de la educación y el rol subsidiario del Estado.
Quienes participaron de la Sociedad Civil en la convocatoria fueron los que sabían que allí se jugaba un espacio de lucha por la orientación de la política educativa y en consecuencia una futura ley de educación. Pero los verdaderos actores educativos sin una trayectoria política no ocuparon ese espacio. Así, los sectores que representaban la enseñanza privada y las escuelas católicas organizaron una participación masiva y articulada a fin de lograr mayoría de votos en sus propuestas.
El resto de la ciudadanía y la comunidad educativa de las escuelas públicas que podía participar a través de las organizaciones de los colegios y asociaciones civiles estaban en su mayoría carentes de liderazgos organizativos con la experiencia necesaria y no consiguieron ampliar su convocatoria. En consecuencia, su voz fue débil.
4- CONCLUSIONES
Las conclusiones y recomendaciones elaboradas con respecto a este temario se expresan luego como parte del articulado de la Ley Federal de Educación sancionada en 1993. En la misma se establece un nuevo rol para el Estado y para la sociedad civil. El estado asume la responsabilidad principal e indelegable de la educación pública y reconoce como agentes a la familia –“agente natural y primero”- y a las confesiones religiosas y a las organizaciones sociales. Los resultados de los informes del Congreso Pedagógico fueron la plataforma y argumento de los intelectuales de los noventa para la reforma educativa que implicó un nuevo marco jurídico para un nuevo modelo educativo. Esto es:
1. Nueva normativa: Marco legal con control ideológico: Ley marco (1993) ). Ley Federal de Educación (24195 Reforma constitucional (1994)- Ley de Educación Superior (1995) que reestructura el sistema de acuerdo a un modelo neo-liberal o Estado Post-Social
2. Aumento de la escolaridad obligatoria (orientaciones mundiales).
3. Introducción de la Capacitación Laboral para dar salida a los jóvenes en el mercado de trabajo subordinado a los intereses empresariales (Polimodal), con un marco de flexibilización en el contrato laboral.
4. Tendencia a la privatización con un Estado Subsidiario.
5. Tendencia a la descentralización (Ley de Transferencias y Servicios de 1991).
6. Búsqueda de nuevas fuentes de financiamiento.
Es cierto que la puesta en práctica de la nueva normativa, mostró en muchos casos errores y deformaciones, entre los que el incumplimiento de las metas presupuestarias, es uno de los más salientes. La profunda crisis social y económica del país, junto con políticas fiscales equivocadas inhibió la inversión educativa pactada. La duplicación del presupuesto previsto por la misma Ley Federal hubiera permitido aumentar la capacidad de inclusión educativa y mejorar la calidad de su servicio. Es indudable que no se logró instalar un sistema integrado; la educación argentina aún no pudo superar su larga historia de fragmentación y desarticulación. Reconocer la existencia de esas equivocaciones no excluye recuperar los avances realizados: la ley 24195 tuvo el mérito de organizar el sistema nacional de educación estableciendo claramente los roles de la Nación, de las provincias y del Consejo Federal de Educación, las jurisdicciones crecieron en capacidad de decisión y autonomía superando un modelo organizativo centralizado, se fijaron diez años de enseñanza obligatoria respondiendo a una demanda generalizada, se intentó promover la unidad del sistema educativo a través de Contenidos Básicos Comunes para todas las jurisdicciones; la firma del Pacto Federal Educativo supuso un aumento en la inversión de recursos, accedieron a la educación cientos de miles de niños, jóvenes y adultos argentinos de los sectores económicamente más vulnerables.
La inclusión en el sistema educativo es un mandato central de la sociedad y un deber del Estado, aunque no deba quedar reducida a la matriculación ni a la retención. La Constitución Nacional otorga a los ciudadanos el derecho a la educación, derecho que no se reduce a la obtención de una vacante en una escuela. Sabemos que la escuela es un instrumento de inclusión social cuando además de garantizar el acceso a toda la población logra formar en los conocimientos y los valores que la sociedad de hoy y del futuro demandan: inclusión con aprendizaje, es la síntesis que se pretende.
BIBLIOGRAFIA
Racovschik, Gustavo (2006) “Pasado, presente y futuro de las reformas educativas en Argentina (1966-2006)” Monografías.com
Agenda Educativa Rio IV (Blog) “Alfonsín y la ecuación”
Concejo Federal de Educación “Educación en democracia” 2003.
Filmus, Daniel (1999) “Estado, Sociedad y Educación en Argentina” BsAs, Troquel.
por Juan Pablo García Ruiz
Elizabeth González
Elizabeth González
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